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TALLER · POLÍTICA PÚBLICA

Reclamos, Incumplimientos, Sanciones y Resolución de Conflictos

Versión 1.0 · Aprobada el 14 de septiembre de 2026.

I. Reclamos

Artículo 1. Objeto

Regular la recepción, investigación y resolución de reclamos relacionados con Talleres y sus operaciones dentro de Servicio Pronto.

Artículo 2. Fuentes

Los reclamos podrán provenir de Clientes, empleados, otros Talleres, proveedores, Administración o sistemas de control.

Artículo 3. Evidencia

Podrán revisarse órdenes, cotizaciones, autorizaciones, mensajes, fotografías, comprobantes, estados, pagos, inventario y registros de auditoría.

Artículo 4. Derecho a responder

El Taller podrá aportar explicación y evidencia cuando la naturaleza del caso lo permita.

II. Incumplimientos

Artículo 5. Incumplimientos leves

Podrán incluir datos desactualizados, errores operativos reiterados o falta de respuesta sin afectación grave.

Artículo 6. Incumplimientos graves

Podrán incluir cobros no autorizados, manipulación de evidencia, fraude, suplantación, amenazas, trabajo engañoso, uso indebido de datos o evasión deliberada de controles.

Artículo 7. Reincidencia

La repetición de incumplimientos podrá agravar las medidas aplicables.

III. Medidas y sanciones

Artículo 8. Medidas posibles

Servicio Pronto podrá emitir advertencias, requerir correcciones, limitar funciones, suspender recepción de solicitudes, restringir usuarios, suspender temporalmente o cerrar el Taller en la plataforma.

Artículo 9. Proporcionalidad

Las medidas deberán procurar ser proporcionales al riesgo, gravedad, evidencia y antecedentes disponibles.

Artículo 10. Medidas preventivas

Ante riesgo inmediato para Clientes, seguridad o integridad del sistema, podrán aplicarse restricciones preventivas antes de finalizar la investigación.

Artículo 11. Efectos

La suspensión no elimina obligaciones pendientes, garantías, pagos, entregas ni reclamos existentes.

IV. Revisión y resolución

Artículo 12. Solicitud de revisión

El Taller podrá solicitar reconsideración aportando nueva información o señalando errores relevantes.

Artículo 13. Resolución administrativa

Servicio Pronto podrá documentar la decisión y las condiciones necesarias para reactivar funciones cuando proceda.

Artículo 14. Conflictos con Clientes

Servicio Pronto podrá facilitar comunicación o mediación operativa, sin sustituir autoridades ni tribunales.

Artículo 15. Autoridades

Las partes conservan los derechos y vías legales que correspondan conforme a la legislación aplicable.

V. Integridad del sistema

Artículo 16. Evasión de medidas

Se prohíbe crear cuentas o Talleres alternos para evadir una suspensión o investigación.

Artículo 17. Cooperación

El Taller deberá colaborar razonablemente con investigaciones relacionadas con seguridad, fraude, cobros, garantías y protección de usuarios.

Artículo 18. Registro

Las decisiones, evidencias y cambios de estado podrán conservarse en auditoría para trazabilidad.

Aprobación

Política aprobada el 14 de septiembre de 2026, en Malacatancito, Huehuetenango, Guatemala.

Oficina: Caserío Llano de las Tejas, Malacatancito, Huehuetenango, Oficina 01.

Firma:

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