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TALLER · POLÍTICA PÚBLICA

Privacidad, Datos y Comunicaciones del Taller

Versión 1.0 · Aprobada el 14 de septiembre de 2026.

I. Alcance

Artículo 1. Objeto

Regular el tratamiento de información del Taller, empleados, Clientes y vehículos cuando el Taller utiliza Servicio Pronto.

Artículo 2. Datos del Taller

Servicio Pronto podrá tratar datos de identificación, contacto, ubicación, documentos, fotografías, actividad, configuración, seguridad y uso de la plataforma.

Artículo 3. Datos de empleados

Podrán tratarse nombre, correo, teléfono, rol, permisos, actividad y registros de seguridad necesarios para administrar accesos.

II. Datos de Clientes y vehículos

Artículo 4. Acceso limitado

El Taller solo deberá acceder a datos de Clientes y vehículos que sean necesarios para una relación, solicitud, venta o servicio autorizado.

Artículo 5. Uso permitido

Los datos no deberán utilizarse para finalidades incompatibles, venta de bases de datos, acoso, discriminación o contacto no relacionado sin una base válida.

Artículo 6. Historial

El Taller podrá consultar y generar información de historial cuando la función lo permita y sea necesaria para prestar el servicio.

Artículo 7. Fotografías y archivos

Las fotografías y documentos deberán limitarse a lo necesario para diagnóstico, evidencia, soporte, garantía o trazabilidad.

III. Comunicaciones

Artículo 8. Mensajería

Los canales internos deberán utilizarse principalmente para atención, soporte y coordinación de servicios.

Artículo 9. Moderación

Servicio Pronto podrá aplicar controles automatizados o administrativos para proteger usuarios, investigar incidentes o cumplir reglas.

Artículo 10. Notificaciones

El Taller podrá recibir correos y notificaciones operativas, de seguridad, solicitudes, estados, cobros, incidencias y otros eventos necesarios.

IV. Seguridad y conservación

Artículo 11. Seguridad

El Taller deberá aplicar medidas razonables para evitar exposición de datos en dispositivos, impresiones, capturas o accesos compartidos.

Artículo 12. Conservación

Servicio Pronto podrá conservar registros por el tiempo necesario para operar, resolver disputas, cumplir obligaciones y proteger la seguridad.

Artículo 13. Exportación y eliminación

Las solicitudes de exportación, corrección o eliminación estarán sujetas a verificación y a los límites derivados de obligaciones legales, contables, contractuales y de auditoría.

V. Proveedores y autoridades

Artículo 14. Proveedores tecnológicos

Servicio Pronto podrá utilizar proveedores de alojamiento, correo, almacenamiento, autenticación, seguridad u otros servicios necesarios.

Artículo 15. Autoridades

La información podrá revelarse cuando exista obligación legal, requerimiento válido o necesidad legítima de proteger derechos y seguridad.

Artículo 16. Incidentes

Los incidentes relevantes podrán ser investigados y documentados para reducir riesgos y prevenir recurrencia.

Aprobación

Política aprobada el 14 de septiembre de 2026, en Malacatancito, Huehuetenango, Guatemala.

Oficina: Caserío Llano de las Tejas, Malacatancito, Huehuetenango, Oficina 01.

Firma:

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